MODIFICAN EL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL
Los autores de la trata de personas agravada NO tendrán beneficios penitenciarios
Mediante la Ley Nº 30262, el Congreso modificó el Código de Ejecución Penal y la Ley contra el crimen organizado. Se ha derogado un artículo de la ley contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes con el fin de eliminar los beneficios de la pena de redención para los que cometen el delito de trata de personas.
Con la reciente modificación del Código de Ejecución Penal, se buscará castigar a los que cometen el delito de trata de personas y las formas agravadas de este quitando el beneficio de la pena de redención por el trabajo o la educación.
Así, el artículo 46 y 47 del Código de Ejecución Penal en los que se modifica los casos especiales de redención de pena, y la improcedencia de éstas para ciertos delitos.
De hecho, de acuerdo con el artículo 47, se modifica el beneficio de la redención por el trabajo o la educación no es aplicable ahora para los que cometen el delito de trata de personas, así como los delitos excluidos, tales como el tráfico ilícito de drogas, homicidio, genocidio, entre otros.
Esto fue establecido por la Ley Nº 30262, Ley que modifica el Código de Ejecución Penal, la Ley contra el crimen organizado y la ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de personas publicada el jueves 6 de noviembre en el diario oficial El Peruano.
De igual manera el artículo 24 de la Ley fue modificada contra el crimen organizado, para prohibir la reducción de beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo y la educación, semilibertad y libertad condicional para los que cometen el delito de trata de personas y las formas agravadas cuando son parte de una organización criminal.
También eliminó el inciso a) del artículo 8 de la ley contra la trata de personas, en la que se favorecía a los agentes de dicho delito a los mencionados beneficios. Con tal modificación, los agentes que cometen trata de personas en forma aislada sólo podrían contar con los beneficios de la libertad condicional y semilibertad.
Esta ley es aplicable para los delitos que se cometan a partir de su vigencia o es aplicable para los sentenciados que a partir de la vigencia de la Ley soliciten beneficios penitenciarios?
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Para los delitos que se cometan a partir de su vigencia, no es retroactiva.
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La ley 30101 (vigencia de leyes) sigue siendo aplicada en el aso de beneficios penitenciarios
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El INPE esta aplicando la ley 30262 en forma retroactiva aduciendo q al salir la ley 30262 dejo sin efecto o derogo la ley 30101 lo cual es anticonstitucional
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pero eso se puede rebatir mediante leyes y poder acogerse a los beneficios mediante la ley vigente cuando se comete el delito
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