CONSTRUCCIÓN TELEFÉRICO DE CHOQUEQUIRAO: ” Violación al derecho de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida de las poblaciones localmente asentadas en la jurisdicción del Área de Conservación Regional de Choquequirao (ACRCH) enmarcada dentro de la Provincia de La Convención, y los distritos de Limatambo y Mollepata en la Provincia de Anta, del departamento de Cusco, como son: Yanama, Sacsara, Yanatile, Chaupiloma, Chongoña, Abra Victoria, Maizal, Punchaunuyoc, Marampata, Santa Rosa Alta, Osopuerto, Abra Mariano, Totora, Hornopampa, Abuela, Santa Ana, San Francisco, entre otros.”
Violación al Derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Convenio, que ha sido ratificado por el Perú por Resolución Legislativa N° 26253 del 26 de Diciembre de 1993, con vigencia a partir del 02 de Febrero de 1,995
Nada podría objetarse a la instalación de un teleférico, si la propuesta que pretenden consolidar los DEMANDADOS, no estuviera localizado en un Área de Conservación Regional Protegida como de la ACRCH que incluye un ecosistema frágil con una diversidad biológica de excepcionales características que requieren ser conservados y que además, se pretende Instalar dentro del Parque Arqueológico de facturas especiales como es el de Choquequirao.
El Área de Conservación Regional Choquequirao ( ACRCH) se establece mediante D.S. 022-2010-MINAM el 24 de Diciembre del 2010 con 103,814.39 hectáreas y se ubica en la jurisdicción de los distritos de Santa Teresa y Vilcabamba en la provincia de La Convención y los distritos de Limatambo y Mollepata en la provincia de Anta.